Resumen: En la demanda se impugna la suspensión del contrato de trabajo del demandante acordada en el marco de un expediente de regulación temporal de empleo, a consecuencia de la declaración del estado de alarma. La sentencia del Juzgado de lo Social desestima la demanda. La Sala, al analizar el recurso de suplicación del demandante, concluye apreciando de oficio la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario, declarando la nulidad de la sentencia con retroacción de las actuaciones al momento de la admisión de la demanda.